El
trámite se complica si se ha usado
un nickname o un nombre de empresa
España se ha convertido en el primer
país de Europa y el segundo del mundo, después de Brasil, con mayor cantidad de
usuarios de redes sociales, según datos de la entidad pública Red.es. Una
investigación realizada por IAB Spain desvela que el 77% de los usuarios accede
a diario a sus perfiles y tenemos como media 3,6 cuentas abiertas. ¿Pero qué
hacemos con esos perfiles cuando un ser querido fallece?
Para borrar el rastro en Internet de un difunto, únicamente es necesario que los herederos envíen un burofax identificándose como tal y adjunten una copia del parte de defunción del difunto, para que las páginas web o redes sociales en las que participase el difunto borren la información sobre el mismo.
"Debe ser un trámite sencillo", según afirma el perito ingeniero informático Javier Rubio, miembro del Colegio de Ingenieros en Informática de Madrid. "La situación se complica en caso de que el difunto tuviese actividad anónima bajo un seudónimo (nickname) en foros de la red o actividades empresariales", en cuyos casos, explica Rubio, sería necesaria "la atención y asesoría personalizada de un perito informático para eliminar por completo el rastro del difunto de Internet".
Asimismo, Rubio también afirma que "aún están por ver las implicaciones que puede tener en relación a los difuntos, la reciente sentencia del TJUE sobre el derecho al olvido, que obliga a los buscadores a retirar enlaces perniciosos para la reputación de los usuarios a petición de éstos".
Acerca
de Javier Rubio.- http://peritoinformaticocolegiado.es/
Ana Romero
Tech Sales Comunicación
Tech Sales Comunicación
www.laprensamagazine.cat
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