16/4/12

El TS rechaza el recurso del Ayuntamiento de Barcelona sobre el uso del catalán



El supremo confirma la suspensión de 7 artículos 
del reglamento en Barcelona

La sección cuarta de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona sobre el uso del catalán en susdocumentos y comunicaciones.
El supremo confirma así la suspensión por parte del TSJC de 7 artículos del reglamento del catalán en Barcelona, alegando que existen antecedentes de sentencias que han declarado nulas normativas que imponen directamente el uso preferente del catalán sobre la otra lengua cooficial, elcastellano.
Los artículos suspendidos son el 3-1, que dice que las actuaciones internas del Ayuntamiento de Barcelona se han de hacer en catalán; el 3-2, que indica que las actas del consistorio se han de redactar en catalán; el 3-4 relativo a impresos, sellos de goma y análogos, y el 5-2, sobre la expedición de documentos.
También se suspendió el artículo 7, en el que se dice que en sus comunicaciones administrativas orales, el personal del ayuntamiento ha de emplear la lengua catalana, excepto cuando el administrado pida ser atendido en castellano, el número 12, referido a la rotulación, y el 18, sobre asientos administrativos.
Esta sentencia del TS, que es firme, condena también a pagar las costas al Ayuntamiento de Barcelona, que puede ascender hasta los 3.000 euros.
El reglamento de uso del catalán de Ayuntamiento de Barcelona fue recurrido ante los tribunales por el presidente del grupo municipal del PPC en el consistorio, Alberto Fernández Díaz.


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