El juez considera que la entidad no informó debidamente
a la inversora de los riesgos que corría
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso presentado por el abogado de la inversora, Jaime Navarro, contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Cartagena (Murcia), que en enero pasado desestimó la demanda presentada contra la citada entidad de ahorro. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado presidente de la Sección Quinta , José Manuel Nicolás, señala que "hubo una dejación" por parte de la demandada a la hora de informar a A.R., una octogenaria natural de Cartagena, de los riesgos que entrañaba invertir en esos fondos.
AUSENCIA DE INFORMACIÓN
Para la Sala , esa ausencia de información constituye motivo suficiente para invalidar el contrato de inversión y para condenar a la citada entidad de ahorro a la devolución de lo invertido. "Concurrió -dice la sentencia- en el consentimiento prestado por la demandante para la ejecución de la orden de compra de esas participaciones un error esencial y excusable, que resulta imputable a la entidad demandada". La Sala añade que "la falta de información por parte de la caja de ahorros sobre los riesgos de la inversión ha de generar la correspondiente responsabilidad civil para la misma".
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